En el contexto nacional, en República Dominicana se han venido haciendo esfuerzos desde el año 2016 con miras a la implementación local de la Agenda 2030 en el marco de la Comisión Nacional Interinstitucional de Alto Nivel para el Desarrollo Sostenible (CDS) y de las Subcomisiones Personas, Prosperidad, Planeta e Institucionalidad, creadas mediante el Decreto No. 23-16.
De cara al próximo año 2020, pautado como año de inicio oficial de la Agenda 2030, en la actualidad se está en la etapa de elaboración de la hoja de ruta y el plan de acción para cada uno de los 17 ODS y el plan de desarrollo estadístico para la medición de los indicadores de cada una de las cuatro subcomisiones, y en al menos la de Personas – liderada por el Gabinete de Políticas Sociales que coordina la Vicepresidencia de la República- se ha iniciado el proceso de consulta nacional y regional con actores diversos de la sociedad en dos ODS, Fin de la pobreza (1) y Equidad de género (5).
En el caso del tema de las migraciones internacionales, los ODS y las Metas en los que se abordan atraviesa a tres de las cuatro subcomisiones: Personas, Prosperidad e Institucionalidad. Sin embargo, a la fecha sólo la primera está desarrollando acciones orientadas a integrar la migración en los ODS, desarrollando un macro proyecto de cinco estudios que abordan el fenómeno de la migración y la protección social., aunque no incluye el estudio del flujo y stock de inmigrantes haitianos, inmensamente mayoritario y con mayor déficit en cobertura de protección.
En relación con los compromisos sobre migración del país que se derivan de la Agenda 2030, en el actual proceso de implementación de la Agenda debe tenerse en cuenta, con respecto a cada una de las metas antes expuestas, lo siguiente:
Si bien, como advierte la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), no hay ninguna definición de Migración ordenada dentro de los ODS, dicho organismo la define como “Movimiento de personas de su lugar de residencia a otro, respetando la legislación que regula la salida y el viaje del país de origen, el tránsito y el ingreso en el territorio del país de tránsito o receptor.” Esta definición subraya el derecho de un Estado a regular la entrada como base para poder garantizar el tratamiento adecuado de los migrantes, otorgar derechos, hacer cumplir la ley y gestionar las relaciones con las comunidades de acogida.
Según el Marco de gobernanza de la migración (MiGOF, por sus siglas en inglés) también desarrollado por la OIM, un Estado realiza progresos para garantizar que la migración sea humana, ordenada y beneficie a los migrantes y la sociedad cuando: (i) hace suyos los estándares internacionales y cumple con los derechos de los migrantes; (ii) formula sus políticas utilizando para ello una base empírica y un enfoque del gubernamental global; (iii) se relaciona con sus asociados a la hora de abordar la migración y temas relacionados. Teniendo en cuenta estos criterios, en términos de política y gobernanza migratoria el país requiere fortalecer la institucionalidad, la gestión y la legislación migratoria para poder avanzar en la meta 10.7 del ODS 7 y en la línea de acción 2.3.7.1.
Sobre la negociación la negociación colectiva de las condiciones de trabajo, es necesaria una modificación al art. 107 del Código de Trabajo, de tal manera que quede claro que un sindicato profesional solo debe obtener la mayoría absoluta de los trabajadores de la especialidad para negociar convenios colectivos, no de la totalidad de los trabajadores de la empresa o del grupo de empresas. Sobre los artículos 109 y 110 de dicho código, sugerimos que se reduzca el porcentaje para poder negociar colectivamente a más del 30% de los trabajadores de la empresa, excluyendo a los que ocupen puestos de dirección o de inspección de labores de carácter general (art. 109); y que en los sindicatos por rama igualmente la mayoría requerida sea de más del 30% de los trabajadores de la empresa, excluyendo a los que ocupen puestos de dirección o de inspección de labores de carácter general (art. 110).
También está aún pendiente la homologación del Convenio 189 de la OIT sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos en la legislación nacional dominicana; para garantizar que mujeres migrantes trabajadoras puedan beneficiarse de sus provisiones en igualdad de condiciones que las mujeres nativas.
No obstante estos avances, poner fin a la trata de personas requiere un esfuerzo profundamente multisectorial. Avanzar hacia la erradicación de la pobreza (Objetivo 1), promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres (Objetivo 5), promover el empleo pleno y productivo y el trabajo decente (Objetivo 8), brindar acceso a la justicia para todos (Objetivo 16) y facilitar la migración regular a través de la Meta10.7, también ayudaría a abordar la trata de personas en todas sus formas.
Si bien las responsabilidades y el manejo de la migración por el Estado dominicano desbordan los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la Agenda 2030 es una magnífica oportunidad para mejorar la gestión y gobernanza de las migraciones, fortaleciendo su vínculo con una visión de desarrollo sostenible y haciendo visible el rol positivo que desempeñan los migrantes en este proceso.
Incorporar a los migrantes en las metas de los ODS contribuirá a hacer efectiva la aspiración que como consigna se promueve en la comunidad internacional: “que nadie se quede atrás”.