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Observaciones y recomendaciones de modificación al Proyecto de Ley que regula el Sistema Estadístico

Fuente: Precisión.com.do / 26 de Julio del 2017

El Anteproyecto de Ley que regula el Sistema Estadístico Nacional (SEN) aprobado recientemente en segunda lectura por el Senado de la República contiene significativas modificaciones al proyecto original que despojan de funciones vitales y reducen el grado de autonomía del Instituto Nacional de Estadística, de acuerdo al Instituto de Estadísticas y Estudios  Interdisciplinarios para el Desarrollo (IDEE).

Según el IDEE, con el citado proyecto se postergaría aún más el proceso de transferencia al INE de algunas de las estadísticas económicas que actualmente produce el Banco Central y excluye de esas estadísticas las de cuentas nacionales, precios y mercado laboral.

“Entendemos como un desacierto que se hayan excluido en el Proyecto aprobado dentro de las atribuciones del INE en el artículo 21 las de elaborar  las estadísticas de cuentas nacionales y las relativas a los índices de precios al  consumidor, de las paridades de poder adquisitivo, y de costo de vida”, declaró Julio César Mejía Santana, director Ejecutivo del IDEE.

También deplora que se haya condicionado la transferencia al INE de las estadísticas de mercado laboral recopiladas en las encuestas de fuerza de trabajo a que “se verifique el fortalecimiento del instituto necesario para asumir dicha responsabilidad”, y que además se amplíe el plazo a 10 años para concluir dicha transferencia.

También, de acuerdo al IDEE, dicho Proyecto aprobado ratifica dos controvertidos  artículos (36 y 37) que vulneran principios elementales de derechos humanos, de libre empresa, de competencia y autoría consignados en nuestro ordenamiento jurídico, en especial en la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor.

El nuevo Proyecto aprobado, según el Director Ejecutivo del IDEE,  despoja al INE de la coordinación, evaluación y supervisión del SEN que establece el Proyecto perimido, otorgándole al Consejo Nacional de Estadística estas funciones en el inciso 1) de dicho artículo

Otra inquietante disposición es la inclusión de contrato o convenio de servicios profesionales por el INE a instituciones públicas y privadas nacionales e internacionales (Artículo 27) como una de sus fuentes de recursos económicos, lo cual puede derivar en prácticas anticompetitivas o de  abuso de posición dominante como se tipifica en la Ley 42-08 de Defensa de la Competencia en sus artículos 5, 6 y 15.

Finalmente, el doctor Julio César Mejía Santana, director del IDEE, sugiere que en un artículo transitorio se otorgue al INE la función de elaborar y presentar al CNE para su promulgación por decreto del Poder Ejecutivo, un Código Nacional de Buenas Prácticas para las Estadísticas Oficiales, que contenga los principios, normas o ideas fundamentales que rigen el pensamiento o la conducta, en la generación de estadísticas oficiales, incluido el acceso libre a dichos datos, en conformidad con el artículo 6 de la Ley general de Libre Acceso a la Información Pública (Ley 200-04).

Julio César Mejía Santana
Julio César Mejía Santana
Demógrafo y Estadístico. Egresado del Doctorado en Ciencias, especialidad en Estudios de Población, El Colegio de México, A.C., México, D.F. y de la Maestría en Estudios Sociales de Población del Centro Latinoamericano de Demografía de la CEPAL, en Santiago de Chile. Egresado de la carrera de Estadística en la UASD. Publicó en el año 2010 el libro Empleo y desempleo y desempleo En República Dominicana: La controversia de las cifras oficiales. Actualmente coordina y dirige dos publicaciones científicas periódicas del Observatorio Ciudadano del Mercado de Trabajo: el anuario Barómetro del Mercado de Trabajo y Notas de Coyuntura Laboral, de periodicidad semestral.